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por Guido Vespucci *

El 15 de julio pasado se cumplieron cinco años desde que el Senado de la Nación aprobó la Ley de Matrimonio Igualitario, convirtiendo a Argentina en el primer país de Latinoamérica en permitir el casamiento entre personas del mismo sexo. Si bien dicha ley es parte de un proceso más amplio de cambios en las nociones y regulaciones de familia, sexualidad y género, no cabe duda que su impacto legal y simbólico la instalan como un hecho social significativo que marca un antes y un después. Apenas un lustro atrás, el reclamo de las organizaciones gay-lésbicas por el matrimonio era intensamente discutido. En ese contexto, afloraron los clásicos fantasmas que construyeron a la homosexualidad en un tabú, desde sus atribuciones patológicas, pasando por la falacia de su “antinaturalidad”, hasta su asociación con la figura del abusador. Amainados aquellos vendavales, la conmemoración de ese hito es una buena oportunidad para hacer algunas reflexiones sobre su legado social e impacto particular en la vida concreta de personas no heteroconformes.
Los efectos legales
Como el mismo nombre lo indica, el espíritu de esta ley es claramente igualitario. Al reemplazarse los términos “marido” y “esposa” por el de “contrayentes” o “cónyuges” en sus diversos artículos, las parejas del mismo sexo quedan habilitadas a gozar de todos los derechos y obligaciones que consagra este instituto jurídico. A partir de ello, algunos investigadores sostuvieron que el régimen de familia no se ha modificado en profundidad sino que han cambiado las condiciones de acceso. Si bien es cierto que se trata de la misma regulación para parejas de distinto y mismo sexo, esto no debe opacar los beneficios prácticos que conlleva. En efecto, el valor práctico ha sido el móvil argüido por algunas parejas de gays y lesbianas para asegurarse derechos conyugales, como poder heredar, compartir la obra social, decidir cuestiones de salud de sus cónyuges, garantizarse bienes adquiridos durante el matrimonio, entre otros beneficios prácticos de la ley.
Pero el matrimonio igualitario no sólo permitió equiparar los derechos entre la “sociedad (hetero y homo) conyugal”. También implica equiparar derechos de filiación entre familias hetero y homo parentales, resolviendo asimetrías dentro de éstas, como las derivadas del reconocimiento filiatorio dispar entre los miembros de parejas del mismo sexo que decidían adoptar, y el de madres y co-madres de familias lésbicas constituidas mediante técnicas de reproducción asistida (TRA). Con el matrimonio igualitario los/as hijos/as pueden quedar inscriptos como de ambos miembros de la pareja a través de una adopción conjunta y, en el segundo caso, mediante una nueva fuente filiatoria que se abre en el derecho argentino que ya no depende de la adopción ni del vínculo biológico con los dos miembros de la pareja parental, sino de la derivada del uso de TRA. El nuevo código civil que entrará en vigencia en 2016, recogerá esta nueva posibilidad que venía implícita con el matrimonio igualitario, al tiempo que éste dejará de ser su requisito, ya que aquellas parejas de mujeres que hayan expresado voluntad procreacional para gestar mediante TRA, podrán reconocer a sus hijos sin necesidad de estar casadas. Asimismo, el matrimonio dejará de ser la única vía de acceso para la adopción conjunta, ya que estará habilitada por otra nueva figura como la unión convivencial. En síntesis, las nuevas vías de acceso a la parentalidad y sus derechos filiatorios implican protección legal a las familias homoparentales ya constituidas y a la vez generan mayor confianza para poder conformarlas. El matrimonio igualitario ha generado antecedentes fundamentales en esta dirección.
Efectos subjetivos y legado simbólico
Complementariamente, esta ley de matrimonio supone un nuevo guión cultural para leer la diversidad sexual y familiar desde un lenguaje de igualdad y derechos, aquel que pujaba durante los debates por su tratamiento y que a partir de su sanción se expresó como un discurso celebratorio en numerosas instancias públicas, hasta impregnar buena parte del imaginario social. Bajo este clima celebratorio de la diversidad desde la igualdad, no es raro que el matrimonio se experimente como un ritual de pasaje por sus protagonistas. Dado que el casamiento puede ser vivenciado como una prueba para que sus allegados demuestren que no son homofóbicos, es un ritual que permite afianzar o reestablecer vínculos sociales y familiares frecuentemente dañados por injurias homofóbicas.
Así, el matrimonio igualitario no cambia sólo la condición legal sino el estatus simbólico con el que se perciben y autoperciben gays y lesbianas, incluso más allá de su estado civil. Muchos de sus testimonios coinciden en haber sentido una restitución de la dignidad, indistintamente de su situación conyugal o interés intrínseco por el matrimonio: “es una ley que nos ha dignificado como personas”. No es casual que emerjan los términos de dignidad y persona, ya que fueron reclamados por las organizaciones homosexuales que surgieron con la recuperación democrática. En medio de razzias policiales y discursos que clasificaban a la homosexualidad como enfermedad mental o conducta peligrosa, fue necesario insistir en que los homosexuales eran personas, para revertir la construcción histórica que los ubicó en el límite de lo humano, como individuos aberrantes o monstruosos. Por ello la homosexualidad fue planteada como un derecho humano, lo cual significó una plataforma para luego reclamar derechos civiles. El matrimonio igualitario condensa buena parte de esa historia.
¿Significa esto que el acceso igualitario es sinónimo de uniformidad en las maneras de conformar arreglos íntimos y familiares? ¿O que los acuerdos íntimos que no pasan por el matrimonio son menos legítimos? Aunque se abren esos fantasmas, sería ingenuo pensar que si lo que está en juego desde hace décadas es el creciente reconocimiento social de formas plurales de organizar la vida íntima y familiar, ahora asistamos de súbito a un aplanamiento de las variadas formas en las que personas no heterosexuales también gestionan su vida íntima. Antes bien, lo que parece transmitir como legado el matrimonio igualitario, es haber acrecentado la conciencia social respecto al valor de entender la diversidad sexual y familiar desde la igualdad de derechos.

* Dr. en Antropología Social, Lic. en Historia
UNMdP-CONICET

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