Conforme lo establece la
Resolución de Rectorado Nº 3021/16, la Secretaría de Administración Financiera tiene a su cargo el cumplimiento de los siguientes objetivos, responsabilidades y acciones:
OBJETIVOSPromover la óptima utilización de los recursos con que cuenta la Universidad a fin de aplicarlos al cumplimiento de las misiones institucionales.
RESPONSABILIDAD PRIMARIAAsistir al Rector en la tramitación, estudio, resolución y ejecución de los asuntos relativos a la gestión económica y financiera de la Universidad Entender en la centralización y sistematización de la programación presupuestaria de la Universidad.
ACCIONES
- Coordinar la elaboración y presentación del proyecto de presupuesto de la Universidad.
- Intervenir en todo lo relativo a la ejecución del presupuesto de la Universidad.
- Intervenir en la gestión de libramientos y pagos de la Universidad.
- Intervenir en lo relativo al abastecimiento de bienes de capital y consumo.
- Intervenir en todo lo referente al movimiento y control del Patrimonio de la Universidad.
- Entender en todo lo relacionado con las registraciones contables.
- Entender en la formulación del presupuesto de la Secretaría.
- Asesorar al Rector en el análisis y resolución de cuestiones vinculadas con materias de su área.
- Efectuar la formulación de pautas para la preparación de los anteproyectc de presupuesto de las distintas unidades ejecutoras de la Universidad.
- Realizar el diseño del sistema y la metodología operativa para presupuesto por actividades y procesos.
- Entender en la elaboración de pautas de actuación de los distintos responsables, con detalle de casos en que compete a ellos la toma de decisiones respecto al presupuesto.
- Promover el establecimiento de mecanismos de obtención de recursos propios.
Asimismo, por la
Resolución de Rectorado Nº 2676/15 se imputa al Secretario de Administración Financiera las siguientes atribuciones:
ATRIBUCIONES
- Reglamentar las resoluciones del rectorado relativas a materias de su competencia, siempre que dichas reglamentaciones no establezcan obligaciones para los administrados o resulten inherentes a actos de gestión del Rector.
- Representar a la Universidad en sus relaciones con terceros, en el ámbito de su competencia, salvo los casos en que el Rector se avoque dicha representación.
- La celebración, ejecución y extinción de contratos fijando a las partes la jurisdicción Federal, en las materias de su competencia, con intervención inicial de la Secretaría de Ciencia, Tecnología y Coordinación, quien conforme su funciones dictaminará sobre su oportunidad, mérito y conveniencia.
- Constituir comisiones de estudio y evaluación en el área de su competencia.
- La firma de los actos administrativos relacionados con el personal de sus áreas de incumbencia, siempre que las mismas no contengan atribuciones reservadas expresamente al Rector por el Estatuto Universitario.
- Proyectar la ordenanza de presupuesto de gastos y cálculo de recursos conforme a las pautas impartidas por el Rector, presentándolo a éste para su consideración y elevación al Consejo Superior.
- La recaudación de los recursos y ejecución de los gastos de la Universidad.
- Suscribir las órdenes de pago, conforme las normas vigentes, en forma conjunta con el Director General de Administración y los cheques y transferencias en forma conjunta con el Tesorero.
- La anulación de transferencias y órdenes de pago. También la anulación de cheques emitidos y no presentados al cobro conforme a las disposiciones vigentes.
- La recepción de rendiciones de cuentas de subvenciones, subsidios o inversiones indirectas.
- Crear los Libros de Registro de Providencias Resolutivas de la Secretaría de Administración Financiera, con los requisitos mínimos establecidos en el art. 2 de la presente resolución.
- El llamado y adjudicación de compras y contrataciones; y la celebración, ejecución y extinción de contratos administrativos en materias de su competencia, conforme lo prescripto por Ordenanza del Consejo Superior N° 370/13.
- Imponer las multas contractuales que correspondan, conforme a los pliegos v documentación integrante de cada contrato en la materia de su competencia.
- Confeccionar la memoria y balance financiero del ejercicio vencido, en forma conjunta con el Director General de Administración, presentándolo al Rector para su consideración y elevación al Honorable Consejo Superior.
- Dictar los actos administrativos tendientes a la implementación de la política salarial del personal de la universidad.
- Aceptar o rechazar las donaciones sin cargo.
- Dictar los actos administrativos referentes a la baja de bienes patrimoniales inventariados.
- Dictar las normas técnicas y de control interno dentro del ámbito de su Secretaría, que garanticen un funcionamiento eficaz, eficiente, económico y transparente.
- Autorizar, en forma conjunta con el Secretario de Asuntos Laborales Universitarios, la realización de horas extras.